Real Decreto 742/2013. TIPOS DE PISCINA EN CUANTO A LA NORMATIVA Y CONTROLES A REALIZAR EN ELLAS

¿Sabíais que, de cara a la legislación y normativa que rige el cuidado y control de las piscinas, éstas se dividen en diferentes tipos?

Principalmente existen dos grandes grupos:

💥 Las Piscinas Públicas, es decir, aquellas abiertas al público o a un grupo definido de usuarios, no destinadas únicamente a la familia e invitados del propietario u ocupante con independencia del pago de un precio de entrada. En esta categoría, aunque la normativa habla de “familia”, se excluyen las piscinas de uso compartido por varias familias, siempre y cuándo éstas sean las mismas. Es decir: las comunidades de vecinos (pero no las de, por ejemplo, campings u hoteles)

💥 Las Piscinas Privadas, aquellas destinadas a la familia e invitados del propietario u ocupante, incluido el uso relacionado con el alquiler de casas para uso familiar y, como ya hemos dicho, las comunidades de vecinos.

Entre ambas categorías encontramos hasta 4 tipos de división:

👉 𝗧𝗶𝗽𝗼 1️⃣ : Piscinas donde la actividad relacionada con el agua es el objeto principal (Piscinas públicas de ocio, Parques acuáticos, Spas, etc.)

.👉 𝗧𝗶𝗽𝗼 2️⃣ : Piscinas que actúan como servicio suplementario al objetivo principal (Piscinas de hoteles, Alojamientos turísticos, Piscinas de camping, Piscinas terapéuticas en centros sanitarios, etc.).

👉 𝗧𝗶𝗽𝗼 3️⃣ : Piscinas de comunidades de propietarios, Piscinas de casas rurales o agroturismo, Piscinas de colegios mayores o similares.

👉 𝗧𝗶𝗽𝗼 4️⃣ : Piscinas unifamiliares.

Son las piscinas de 𝗧𝗶𝗽𝗼 1️⃣ y 𝗧𝗶𝗽𝗼 2️⃣ las que se rigen por un control sanitario y normativo más estricto. Tal y como recoge el Ministerio de Sanidad, la remisión de información sobre las características de las piscinas de uso público de España y la calidad del agua y del aire de sus instalaciones está contemplada en el Art. 15 del Real Decreto742/2013. Desde 2014, el Sistema de Información Nacional de piscinas (SILOÉ), recoge datos sobre las características de las piscinas de uso público de España y la calidad del agua y del aire de sus instalaciones. Este Real Decreto 742/2013, tiene por objeto establecer los criterios básicos técnico-sanitarios de la calidad del agua y del aire de las piscinas, para proteger a los usuarios de posibles riesgos físicos, químicos o microbiológicos para la salud, derivados del uso de las instalaciones.

Pero, ¿Cuáles son los controles obligatorios que se deben realizar en este tipo de piscinas de uso público?

Pues hay tres tipos principales en función del momento, la frecuencia y el medio donde realizarlos:

✔ CONTROLES INICIALES:

Se realizará al menos en aquellos vasos en los cuales el agua de aporte no proceda de la red de distribución pública. Se realizará durante la quincena anterior a la apertura de la piscina, siempre después de tener el vaso cerrado más de 2 semanas o tras cierres temporales que puedan suponer variaciones significativas de los parámetros de control del agua o aire sea cual sea la procedencia del agua.

💧 En Agua, se deben analizar:

  • pH
  • Temperatura
  • Transparencia
  • Potencial REDOX
  • Tiempo de recirculación
  • Turbidez
  • 👇 Niveles de presencia de:
    • – Cloro libre residual,
    • – Cloro combinado residual,
    • – Bromo total,
    • – Ácido isocianúrico,
  • Presencia de bacterias: Escherichia coli, Pseudomona aeruginosa y Legionella spp.

🌪 Y En Aire, se deben realizar controles de:

  • Humedad relativa
  • Temperatura ambiente
  • CO2

✔ CONTROLES DE RUTINA:

Se realizarán al menos una vez al día por las mañanas antes de abrir las piscinas al público.

💧 En Agua, se deben analizar:

  • pH
  • Desinfectante residual
  • Turbidez
  • Transparencia
  • Temperatura
  • Tiempo de recirculación

🌪 Y En Aire, se deben realizar controles de:

  • Humedad relativa
  • Temperatura ambiente
  • CO2

✔ CONTROLES PERIÓDICOS:

Se deben realizar al menos una vez al mes y son los mismos controles que se deben realizar en la primera etapa, la INICIAL.

Para saber más sobre parámetros y valores permitidos de cada uno de estos factores os dejamos aquí el enlace a la normativa, que seguro que os ayuda si sois responsables del mantenimiento de estos tipos de piscinas.

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